"El otro lado de la verdad"

Congreso modifica Código Penal para facilitar expulsión de extranjeros

POLÍTICA

23-06-2023 - Ascencio Cielo

Iniciativa buscar facilitar la expulsión de extranjeros dedicados a la delincuencia o actos relacionados. 

El Congreso de la República aprobó una iniciativa legislativa para facilitar la expulsión de extranjeros inmersos en hechos delincuenciales y actos afines, con la finalidad de mejorar la lucha contra la inseguridad ciudadana en el país.

Durante la sesión del pleno del Parlamento se debatió el dictamen recaído en los proyectos de ley 62112021-CR, 155412021 CR, 281112022 re, 426412022-CR, 437612022-CR y 4810/2022-CR, que modifica el Código Penal, Decreto Legislativo 635; el Código de Ejecución Penal, Decreto Legislativo 654; y el Decreto Legislativo 1350, de migraciones; para facilitar la expulsión de extranjeros y fortalecer la seguridad ciudadana.

El parlamentario Américo Gonza Castillo (PL) sustentó la iniciativa legislativa manifestando la necesidad de mejorar la legislación para combatir en mejores condiciones, a todos los actos delincuenciales, principalmente, realizado por los extranjeros en nuestro país.

"Se requiere proteger a nuestros ciudadanos de la delincuencia principalmente ejercida por extranjeros, que vienen desatando matanzas, asaltos, secuestros y otros actos delincuenciales en perjuicio a la población peruana. Por ello la necesidad de la aprobación de la presente ley que permitirá poner orden y lucha frontal contra la delincuencia organizada", manifestó

Se modifican los artículos 30, 52, 52-A, 368 y el numeral 3 del artículo 440, incorporándose también a este el numeral 8, del Código Penal, Decreto Legislativo 635, precisándose en el caso del artículo 30 como pena la expulsión del país para extranjeros, durante o después de cumplida la pena privativa de libertad o la concesión de un beneficio penitenciario, quedando prohibido su reingreso por el tiempo que fije la sentencia.

En el caso de expulsión por concesión de beneficios penitenciarios, el Perú mantiene jurisdicción exclusiva sobre la condena impuesta.

La modificación del artículo 52 está relacionada con la conversión de la pena privativa de libertad, en tanto que la modificación del artículo 52-A, está vinculada a la conversión de la pena privativa de libertad en ejecución, y los cambios en el artículo 368, se relacionan a la resistencia o desobediencia a la autoridad.

Luego de la sustentación, el congresista Alejandro Cavero Alva (A. País) refirió que la iniciativa tiene contenido homofóbico y que debería revisarse mejor dicha iniciativa porque permitiría el abuso. Su colega Alejandro Muñante Barrios (RP) también refirió la necesidad de mejorar las normas para este caso y regular los procesos sancionadores para este caso, en especial para los extranjeros.


Fuente: El Peruano

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