Congreso modifica Código Penal para facilitar expulsión de extranjeros
POLÍTICA
23-06-2023 - Ascencio Cielo
Iniciativa buscar facilitar la expulsión de extranjeros dedicados
a la delincuencia o actos relacionados.
El Congreso de la República aprobó
una iniciativa legislativa para facilitar la expulsión de extranjeros inmersos
en hechos delincuenciales y actos afines, con la finalidad de mejorar la lucha
contra la inseguridad ciudadana en el país.
Durante la sesión del pleno del
Parlamento se debatió el dictamen recaído en los proyectos de ley 62112021-CR,
155412021 CR, 281112022 re, 426412022-CR, 437612022-CR y 4810/2022-CR, que
modifica el Código Penal, Decreto Legislativo 635; el Código de Ejecución
Penal, Decreto Legislativo 654; y el Decreto Legislativo 1350, de migraciones;
para facilitar la expulsión de extranjeros y fortalecer la seguridad ciudadana.
El parlamentario Américo Gonza
Castillo (PL) sustentó la iniciativa legislativa manifestando la necesidad de
mejorar la legislación para combatir en mejores condiciones, a todos los actos
delincuenciales, principalmente, realizado por los extranjeros en nuestro país.
"Se requiere proteger a nuestros
ciudadanos de la delincuencia principalmente ejercida por extranjeros, que
vienen desatando matanzas, asaltos, secuestros y otros actos delincuenciales en
perjuicio a la población peruana. Por ello la necesidad de la aprobación de la
presente ley que permitirá poner orden y lucha frontal contra la delincuencia
organizada", manifestó
Se modifican los artículos 30,
52, 52-A, 368 y el numeral 3 del artículo 440, incorporándose también a este el
numeral 8, del Código Penal, Decreto Legislativo 635, precisándose en el caso
del artículo 30 como pena la expulsión del país para extranjeros, durante o
después de cumplida la pena privativa de libertad o la concesión de un
beneficio penitenciario, quedando prohibido su reingreso por el tiempo que fije
la sentencia.
En el caso de expulsión por
concesión de beneficios penitenciarios, el Perú mantiene jurisdicción exclusiva
sobre la condena impuesta.
La modificación del artículo 52
está relacionada con la conversión de la pena privativa de libertad, en tanto
que la modificación del artículo 52-A, está vinculada a la conversión de la
pena privativa de libertad en ejecución, y los cambios en el artículo 368, se
relacionan a la resistencia o desobediencia a la autoridad.
Luego de la sustentación, el
congresista Alejandro Cavero Alva (A. País) refirió que la iniciativa tiene
contenido homofóbico y que debería revisarse mejor dicha iniciativa porque
permitiría el abuso. Su colega Alejandro Muñante Barrios (RP) también refirió
la necesidad de mejorar las normas para este caso y regular los procesos
sancionadores para este caso, en especial para los extranjeros.